Un presidente de espaldas

Archivo clases en Argentina. Foto NA



“Hace unos días nos encontramos con una conferencia de prensa del Presidente de la Nación en la que informaba que había decidido que las clases presenciales se iban a suspender en los jardines, escuelas y colegios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires.

El viernes 16 de abril amanecimos con la publicación del DNU 241, que contiene tal prohibición por el plazo de dos semanas.

Ahora bien, ¿por qué insistimos muchos abogados con que esta medida es absoluta y manifiestamente inconstitucional? Primero, porque no es una medida adecuada al fin que se invoca. Las escuelas en la Ciudad no son fuente de contagio. Con datos estadísticos, así lo demuestran las autoridades competentes del GCABA.

Además, los niños necesitan ir a las clases porque por vía remota no logran aprender lo mismo (se distraen, los padres deben abocarse a complementar la educación de sus hijos en las casas y sin obtener, en muchos casos, los mismos resultados) y estas medidas perjudican en mayor medida a los sectores más humildes que no cuentan con computadoras ni con internet, razón por la cual no tienen clases virtuales.

Así, se encuentra en juego el derecho de capital importancia de los niños a aprender y el legítimo derecho de los maestros a enseñar (en este sentido, hay que puntualizar que el jueves pasado maestras recibieron a nuestros hijos en las “burbujas” con lágrimas en los ojos).

En segundo término, el gobierno nacional no tiene facultades para tomar este tipo de medidas prohibitivas en materia de educación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni respecto de ninguna provincia. Las competencias corresponden, sin lugar a dudas, a las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. Es decir, se encuentran dentro de la autonomía constitucional prevista para estas últimas entidades jurisdiccionales.

¿Qué hizo el Ejecutivo Nacional para eludir esta última regla constitucional? Pues, muy fácil, prohibió temporalmente las clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). El AMBA es una suerte de “jurisdicción” que no existe a nivel constitucional o legal, toda vez que no hay autoridades, ni normas, ni una Constitución, ni un Ejecutivo que gobierne en esa supuesta “región” (tratamos de asignarle alguna denominación dentro de los términos legales previstos en nuestro ordenamiento jurídico).

Por consiguiente, es como si se prohibieran las clases presenciales en Santa Cruz y Chubut, esto es, una medida visiblemente inconstitucional. De ahí que se ha producido una flagrante violación de la autonomía provincial de la PBA y de la autonomía de la Ciudad.

Sin perjuicio de lo antes indicado, no pudo dictarse un DNU en materia educativa de clases presenciales en los establecimientos de enseñanza de la Ciudad por el simple hecho que tampoco el Congreso de la Nación lo hubiera podido hacer.

El Poder Legislativo puede dictar normas de carácter federal para todo el territorio nacional, pero no para dos provincias.

No podría el Congreso prohibir (temporalmente) la educación, por ejemplo, en Córdoba y Entre Ríos, se trataría de una norma legal ostensiblemente inconstitucional por vulnerar la autonomía de esas dos provincias.

Sería conveniente, tras más de una año de pandemia, que el Parlamento argentino dicte una regulación general para el Covid-19 evitando así que el Ejecutivo gobierne con todo este rosario de DNUs, declarando la emergencia sanitaria por ley, facultándolo a ejercer determinadas atribuciones que se estime pertinente y fijándole, desde luego, los límites y taludes legales a tal efecto.

En fin, da mucha tristeza que tengamos que perder el tiempo en estos temas que nos enfrentan y dividen a raíz de medidas gubernamentales que no resultan conducentes para mejorar la calidad de vida de las personas.

Dicen que Juan Bautista Alberdi cuando viajó a EE.UU., a mitad del Siglo XIX, advirtió que esa sociedad podía hacer lo mismo todos los días por más que tuviera, o no, gobierno. Es grave pensar que estamos viviendo como pueblo, justamente, lo contrario.

Cada mañana nos levantamos y vemos las medidas de gobierno que se toman en torno a: la educación de nuestros hijos, si van vacunar a nuestros padres y abuelos, podemos salir a almorzar o comer, podemos trabajar y realizar actividades comerciales y profesionales, la independencia de los magistrados y del Ministerio Público de la Nación; y todo ello, mientras se prosigue con la política de liberación de presos por delitos comunes o que han sido acusados o condenados por corrupción en cargos públicos.

De otra parte, es preocupante que haya tantas personas en Argentina que tengan como propósito seguir con estas prácticas de “cobrar sueldos sin trabajar”.